Traducción jurada de poderes notariales y escrituras
Para comprar o vender una vivienda, aceptar una herencia o firmar ante notario desde otro país, el poder o la escritura debe ir traducido. Trabajamos con notarías y gestorías de toda España.
Poderes otorgados en el extranjero
Un poder firmado ante un notario extranjero debe llevar apostilla (o legalización) y, para usarlo en España, traducción al español. La notaría española te dirá si acepta la traducción jurada o si hay otra vía.
Consejo: muchos notarios extranjeros pueden otorgar el poder en formato bilingüe. Si lo planificas así, el notario español puede no necesitar traducción.
Documentos españoles para el extranjero
Poderes, escrituras de compraventa o de constitución de sociedades, actas y testimonios notariales. Los traducimos al idioma del país de destino; la apostilla de los documentos notariales españoles la pone el Colegio Notarial.
Precio
Un poder sencillo suele tener pocas páginas; las escrituras, bastantes más. Se calculan por palabra; sube el PDF a la calculadora para saber el precio exacto.
¿Cuánto cuesta?
Precio por idioma de un documento de una página (por ejemplo, un certificado con su apostilla), traducido al español o del español, IVA no incluido:
| Idioma | Una página, desde | Por palabra |
|---|---|---|
| Inglés | 25 € | 0,10 € |
| Francés | 25 € | 0,10 € |
| Alemán | 60 € | 0,10 € |
| Italiano | 70 € | 0,10 € |
| Portugués | 70 € | 0,10 € |
| Rumano | 60 € | 0,13 € |
| Árabe | 60 € | 0,13 € |
| Ruso | 90 € | 0,13 € |
Los documentos más largos se calculan por palabra: 0,10 € en los idiomas más habituales (inglés, francés, alemán, italiano, portugués), 0,13 € en la mayoría de los demás (rumano, ruso, árabe, chino, polaco…) y 0,18 € en los idiomas con pocos traductores jurados, siempre con el mínimo de la tabla. Por ejemplo, un documento de 750 palabras del inglés al español cuesta 75 € + IVA.
Precios orientativos sin IVA. El precio definitivo es el del presupuesto, que puedes calcular al instante. Todas las tarifas →
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar un poder extranjero sin traducir?
Solo si el notario español entiende el idioma y lo acepta, o si el poder es bilingüe. En la mayoría de casos piden traducción jurada.
¿Traducís la escritura antes de firmarla?
Sí, podemos traducir el borrador para que lo entiendas antes de la firma. Para ese uso basta una traducción no jurada, más económica.